
Guía de gravámenes de construcción de Vermont

La ley de gravámenes mecánicos de Vermont se rige por los artículos 1921 a 1925 del Título 12 de los Estatutos Revisados de Vermont (VSA).
Si usted proporciona mano de obra, materiales, equipos o servicios profesionales que mejoran una propiedad inmobiliaria en Vermont y no recibe pago alguno, esta guía explica cómo proteger sus derechos de gravamen.
Tenga en cuenta que los términos "gravamen mecánico", "gravamen de construcción" y "reclamación de gravamen" de Vermont se pueden usar indistintamente.
APRENDAMOS LOS ASPECTOS BÁSICOS DEL GRAVAMEN DE CONSTRUCCIÓN EN VERMONT
⭐ ¿Quién puede presentar un gravamen mecánico en Vermont?
Vermont otorga derechos de gravamen a:
Contratistas generales
Subcontratistas
Sub-subcontratistas
Proveedores de materiales
Empresas de alquiler de equipos
trabajadores
Arquitectos, ingenieros y otros profesionales del diseño.
Los derechos de retención se aplican a los proyectos de construcción privados. (Los proyectos públicos se rigen por diferentes mecanismos de garantía).
⭐ Plazos de presentación de gravámenes en Vermont (Críticos)
¡CONSÍGUELO O LO PIÉRDELO!
Todos los plazos para la presentación de reclamaciones por gravámenes de mecánicos en Vermont se calculan a partir de la última fecha en que el reclamante proporcionó mano de obra, materiales, equipos o servicios profesionales al proyecto.
Fecha límite n.° 1: registrar el gravamen de mecánico de Vermont.
En Vermont, un gravamen sobre los trabajos de construcción debe registrarse en la oficina del secretario municipal donde se encuentra la propiedad:
Dentro de los 120 días posteriores a la última vez que el reclamante proporcionó trabajo o materiales.
El incumplimiento de este plazo conlleva la pérdida total de los derechos de retención.
Fecha límite n.° 2: Ejecutar el gravamen de mecánicos de Vermont.
En Vermont, los gravámenes sobre trabajos mecánicos se tramitan judicialmente y deben hacerse cumplir rápidamente. Para hacer valer el gravamen, el reclamante debe:
1. Iniciar una acción civil (demanda) para hacer valer el gravamen, y
2. Hacer que el gravamen se constituya sobre la propiedad a través del tribunal.
Esto debe hacerse: Dentro de los 3 meses posteriores al registro del gravamen.
Si no se inicia el procedimiento de ejecución dentro de este plazo, el gravamen caduca automáticamente.
