Consent Preferences
top of page
Construction site

Guía de gravámenes de construcción de Luisiana

Guía de gravámenes de construcción de Luisiana

Los derechos de gravamen sobre la construcción en Luisiana se rigen por la Ley de Obras Privadas de Luisiana (La. RS 9:4801–9:4855).

Si usted proporciona mano de obra, materiales, equipos o servicios profesionales para mejorar bienes inmuebles en Luisiana, esta guía explica todo lo que necesita saber para proteger su derecho al pago, incluidos los requisitos de notificación, los plazos de presentación, las normas sobre gravámenes (privilegios) y los procedimientos de ejecución.


En Luisiana, los gravámenes de construcción se denominan legalmente "privilegios". Los contratistas suelen seguir refiriéndose a ellos como gravámenes mecánicos o gravámenes de construcción, y los términos se utilizan a menudo indistintamente.


APRENDAMOS LOS CONCEPTOS BÁSICOS DE LOS GRAVÁMENES DE CONSTRUCCIÓN EN LUISIANA

⭐ ¿Quién puede presentar un gravamen mecánico en Luisiana?


Luisiana otorga derechos de gravamen (privilegio) a quienes contribuyen a la mejora de bienes inmuebles, incluyendo contratistas generales (contratistas principales), subcontratistas, sub-subcontratistas, proveedores de materiales, empresas de alquiler de equipos, trabajadores, contratistas de restauración y profesionales del diseño con licencia, como arquitectos e ingenieros. Si usted proporcionó mano de obra, materiales, equipos o servicios profesionales y no recibió pago alguno, podría tener derechos de gravamen según la ley de Luisiana.

⭐ Plazos de presentación de gravámenes en Luisiana (Críticos)


¡REGLAMENTA TU GRAVAMEN O PÉRDELO! Los plazos para presentar un gravamen en Luisiana dependen en gran medida de si se registró un Aviso de Contrato y del papel del reclamante. Incumplir un plazo puede extinguir permanentemente los derechos de gravamen.


Fecha límite n.° 1: Registro de la declaración de reclamación o privilegio de Luisiana.

  • Si se registra un Aviso de Contrato: Los subcontratistas y proveedores deben presentar su gravamen dentro de los 30 días posteriores a la presentación de un Aviso de Terminación del trabajo.

  • Si NO se registra ningún Aviso de Contrato: Los subcontratistas y proveedores deben presentar su gravamen dentro de los 60 días posteriores a la finalización sustancial del trabajo.

Contratistas generales (contratistas principales): Por lo general, deben presentar su gravamen dentro de los 60 días posteriores a la presentación de un Aviso de Terminación, o dentro de los 60 días posteriores a la finalización sustancial si no se presenta un aviso de terminación.


Plazo n.° 2: Ejecución de un gravamen de construcción en Luisiana


En Luisiana, un gravamen sobre la construcción debe hacerse valer mediante la presentación de una demanda:

Dentro de un (1) año a partir de la fecha en que se presentó el gravamen.

Si no se ejerce la acción legal de manera oportuna, el gravamen caduca.

ANTES DE PRESENTAR UN GRAVAMEN MECÁNICO EN LUISIANA, DEBE COMPRENDER EL REQUISITO DE NOTIFICACIÓN DE LUISIANA. ESTE ES UNO DE LOS PASOS MÁS IMPORTANTES PARA PRESENTAR UN GRAVAMEN EN LUISIANA.


Luisiana no utiliza un sistema tradicional de "aviso preliminar" como California o Arizona. En cambio, los requisitos de notificación dependen del tipo de proyecto y del registro del contrato.


¿Quién debe enviar una notificación en Luisiana?


En proyectos de construcción residencial, los subcontratistas y proveedores de materiales pueden estar obligados a enviar un Aviso de Falta de Pago para preservar sus derechos de retención. Este aviso se aplica a las partes que no tienen un contrato directo con el propietario del inmueble.


¿Quiénes NO necesitan enviar una notificación a Luisiana?

  • Contratistas generales que contratan directamente con el propietario del inmueble.

  • Reclamantes en proyectos donde no se aplica ningún requisito de notificación legal.

Plazo límite para notificar en Luisiana


Cuando sea necesario, generalmente se debe enviar un Aviso de Falta de Pago: Dentro de los 30 días posteriores a la última entrega de mano de obra, materiales o servicios para el proyecto.


Si no se envía a tiempo el Aviso de Falta de Pago requerido, se pueden invalidar los derechos de gravamen, incluso si el gravamen se registra posteriormente dentro del plazo legal.


Nota importante sobre los avisos registrados


Si se registra un Aviso de Contrato en los registros hipotecarios parroquiales, los plazos para la presentación de gravámenes para subcontratistas y proveedores se acortan significativamente, y a menudo se requiere que el gravamen se presente dentro de los 30 días posteriores a un Aviso de Terminación.


Dado que los avisos registrados afectan directamente al momento de la presentación de los gravámenes, los reclamantes siempre deben consultar los registros parroquiales antes de basarse en los plazos establecidos por defecto.

bottom of page