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Guía de gravámenes de construcción de Connecticut

Guía de gravámenes de construcción de Connecticut

La ley de gravámenes mecánicos de Connecticut se rige por Conn. Gen. Stat. § 49-33 y siguientes.


Si usted proporciona mano de obra, materiales, equipos o servicios profesionales que mejoran una propiedad inmobiliaria en Connecticut y no recibe pago alguno, esta guía explica cómo proteger sus derechos de gravamen. Connecticut es estricto en cuanto a la notificación y los plazos, y el incumplimiento de cualquier paso anulará el gravamen.


Tenga en cuenta que los términos "gravamen mecánico", "gravamen de construcción" y "reclamación de gravamen" en Connecticut se pueden usar indistintamente.

APRENDAMOS LOS ASPECTOS BÁSICOS DE LOS GRAVÁMENES DE CONSTRUCCIÓN EN CONNECTICUT

⭐ ¿Quién puede presentar un gravamen mecánico en Connecticut?

Connecticut otorga derechos de gravamen mecánico a:

  • Contratistas generales

  • Subcontratistas

  • Sub-subcontratistas

  • Proveedores de materiales

  • Empresas de alquiler de equipos

  • trabajadores

  • Arquitectos, ingenieros y topógrafos

Si usted proporcionó mano de obra o materiales que mejoraron un inmueble y aún no ha recibido el pago, puede tener derecho a un gravamen, pero solo si se le notifica debidamente la Notificación de Intención de Gravamen requerida.

⭐ Plazos de presentación de gravámenes en Connecticut (Críticos)


¡CONSÍGUELO O LO PIÉRDELO!


Los plazos para presentar gravámenes mecánicos en Connecticut se encuentran entre los más estrictos del país, y los tribunales los hacen cumplir al pie de la letra. En Connecticut, todos los plazos para presentar gravámenes se cuentan a partir de la última fecha en que el reclamante proporcionó mano de obra, materiales o servicios, y no a partir de las fechas de facturación, vencimiento de pagos o hitos de finalización del proyecto.


Esto significa que el plazo comienza a correr desde el momento en que realizó por última vez trabajos sustanciales relacionados con el contrato en el proyecto. Los trabajos de revisión, las reparaciones en garantía, las inspecciones o los trabajos correctivos realizados después de la finalización sustancial generalmente no extienden los plazos de los gravámenes en Connecticut.


La ley de Connecticut no permite prórrogas, gravámenes parciales ni excepciones equitativas, incluso cuando el propietario tiene conocimiento real de la deuda.


Fecha límite n.° 1: Presentar la notificación de intención de gravamen.


En Connecticut, debe enviar el Aviso de Intención dentro de los 90 días posteriores al último trabajo realizado antes de presentar el gravamen por trabajos realizados. Un Aviso de Intención tardío o no presentado implica la posible pérdida de sus derechos de gravamen.


Fecha límite n.° 2: Registrar el gravamen de mecánico de Connecticut


Después de notificar la Notificación de Intención, el reclamante debe registrar un Certificado de Gravamen Mecánico:

     

Dentro de los noventa (90) días posteriores a la última vez que el reclamante proporcionó mano de obra o materiales.


En la práctica, esto significa:

  • La notificación de intención debe presentarse antes o durante el mismo período de 90 días.

  • El gravamen debe registrarse a más tardar el día 90.

El gravamen se registra en la oficina del secretario municipal del municipio donde se encuentra la propiedad (no en una oficina del condado).

Una vez registrada, se deberá entregar una copia del gravamen registrado al propietario del inmueble inmediatamente después de su inscripción.


Plazo n.° 3: Ejecutar el gravamen de mecánico de Connecticut


En Connecticut, un gravamen sobre un mecánico debe hacerse valer mediante la presentación de una demanda:


Dentro de un (1) año después de que se registre el gravamen.


Si no se inicia el proceso de ejecución a tiempo, el gravamen caduca automáticamente.


Antes de presentar una reclamación de gravamen sobre la construcción en Connecticut, debe comprender si se requiere un aviso de intención de gravamen. Este aviso protege sus derechos de gravamen y es obligatorio para la mayoría de los subcontratistas y proveedores.


⭐ Aviso de intención de gravamen de Connecticut


En Connecticut, la Notificación de Intención de Reclamar un Gravamen de Mecánico es un requisito legal obligatorio para presentar un gravamen de mecánico válido. Esta notificación debe entregarse al propietario del inmueble dentro de los noventa (90) días posteriores a la última vez que el reclamante suministró mano de obra, materiales o servicios.


El propósito del Aviso de Intención es notificar formalmente al propietario que se reclamará un gravamen por trabajos realizados si no se efectúa el pago. La ley de Connecticut exige este aviso antes o al registrar el gravamen, y el incumplimiento de su presentación dentro del plazo de 90 días anula por completo los derechos de gravamen, incluso si el gravamen en sí mismo se hubiera registrado a tiempo.


Todos los reclamantes están sujetos a este requisito, incluidos los contratistas generales, subcontratistas, proveedores y profesionales del diseño. Connecticut no contempla excepciones basadas en el nivel del contrato, el tipo de proyecto o el conocimiento del propietario. El conocimiento efectivo de la deuda por parte del propietario no subsana la presentación tardía o la falta de un Aviso de Intención.

Dado que tanto el Aviso de Intención como el Certificado de Gravamen Mecánico comparten el mismo plazo de 90 días, los reclamantes deben considerar el Aviso de Intención como un paso inicial e innegociable y evitar esperar hasta el final del período de gravamen para notificarlo.


¿Quién debe enviar la notificación de intención?


Todos los reclamantes de gravámenes de Connecticut, incluidos:

  • Contratistas generales

  • Subcontratistas

  • Proveedores

  • Profesionales del diseño

No existe ninguna excepción en función del nivel del contrato.


Plazo límite para la notificación de intención en Connecticut:


El Aviso de Intención debe ser entregado:


Dentro de los noventa (90) días posteriores a la última vez que el reclamante proporcionó mano de obra, materiales o servicios.


La falta de notificación oportuna del Aviso de Intención anula por completo los derechos de gravamen, incluso si el gravamen en sí mismo se presentaría de manera oportuna.

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